A través de una modificación al artículo 59 de la Ley 675 de 2001, se busca acabar con los abusos por parte de las administraciones frente a los excesivos cobros establecidos como sanciones por inasistencias a las Asambleas ordinarias y de copropietarios.
La iniciativa propuesta por el Senador del Partido de la U, Antonio José Correa Jiménez, radicada con el número de Proyecto 288 de 2024, contempla que con la modificación del artículo 59 de dicha Ley, se fije un procedimiento que se debe incluir en todos los estatutos de propiedad horizontal, frente a la imposición de dichas multas por inasistencias a las asambleas, también busca que se respeten los derechos al debido proceso, y a la proporcionalidad de las sanciones.
Actualmente la legislación establece que quién no asista a las Asambleas se le impongan multas por inasistencias por el valor del canon de administración, y en mucho de los casos que violan el debido proceso.
Leave a Reply