Por Fernando Carrillo Flórez
Exministro y exprocurador
Especial para EL NUEVO SIGLO
Lo primero que hay que resaltar es que en Colombia no se necesita reformar la Constitución para adelantar las reformas sociales pendientes, sino simplemente cumplirla, acatarla y desarrollarla, tanto legislativa como institucionalmente. Las responsabilidades de esa naturaleza recaen en los hombros de quienes tienen la obligación de cumplir con la Constitución, no de la Constitución misma. No vulnerando la democracia o las instituciones democráticas.
Si algo caracteriza la Constitución del 91 es su amplitud de valores y propósitos orientados en el marco de dos variables: el Estado democrático de derecho y el Estado social de derecho. Ella materializó múltiples frustraciones de procesos constituyentes que quedaron truncados durante muchas décadas.
Hoy se ha pretendido asimilar el ejercicio que se hizo con los estudiantes en 1991 a la propuesta del proceso constituyente popular planteado por el presidente Petro. Hay por lo menos diez grandes diferencias entre los dos procesos que me atrevo a formular:
1. En 1990 no había reglas de juego para la convocatoria de una Constituyente; mientras hoy están claramente establecidas y hay que respetarlas. La propia Constituyente se encargó de definir un marco de reglas precisamente para no caer en el vacío constitucional de muchas décadas, cuando solo el Congreso era titular del poder constituyente. Hoy se consagran todos los instrumentos de reforma constitucional de una democracia participativa y deliberativa.
2. El consenso, los acuerdos y la concertación fueron los factores esenciales en el proceso constituyente del 91. Ni el Frente Nacional gozó de un consenso político y social tan amplio. Por el contrario, el proceso actual divide, polariza y fractura las posibilidades de un consenso, y el Gobierno ha renunciado a construir ese acuerdo nacional por el lenguaje extremista que hoy impone en los debates sobre las reformas.
3. La crisis de Colombia en 1989 tocó fondo con el magnicidio de tres candidatos presidenciales y la andanada virulenta del terrorismo del narcotráfico contra el Estado y la ciudadanía. Hoy hay una crisis de seguridad en los territorios no generada por la Constitución de 1991, sino por políticas que han llevado al debilitamiento del Estado y de la Fuerza Pública en los territorios.
4. La Constituyente en 1991 unió al país y llevó a los cuatro principales partidos de Colombia de entonces a la firma de “grandes acuerdos” –en mayo y agosto de 1990– para dar fundamento político a la Asamblea. Las fuerzas sociales y las minorías también se sumaron a ese gran acuerdo. Un consenso político sin precedentes que hoy no se busca por ninguna parte.
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5. La legitimidad de la Constituyente en 1991 provino de tres elecciones en las que el pueblo fue a las urnas en 1990 –11 de marzo, 27 de mayo y 9 de diciembre–. Hoy se han planteado toda suerte de herramientas ambiguas desde cabildos abiertos, consultas populares, asambleas corporativas y papeletas, sin definir una ruta que respete el marco vigente de la Constitución del 91.
6. La Corte Suprema de Justicia a través de su sala constitucional le dio dos veces la bendición de exequibilidad a la Constituyente de 1991, en sentencias históricas de mayo y octubre de 1990, con argumentos incontrovertibles en términos del reconocimiento de la excepcionalidad del momento vivido por los hechos políticos acaecidos en 1989 y 1990. Hoy es ilusorio pensar que el poder judicial le dé la bendición a procedimientos que violan abiertamente la Constitución de 1991.
7. La firma del Acuerdo de Paz con el M-19 se produjo el 9 de marzo de 1990, 48 horas antes de la primera votación por la Séptima Papeleta. Hoy, por el contrario, se ha ofrecido a las guerrillas en el proceso de la paz total, iniciativas constituyentes inviables, más al inicio que al final de los acuerdos, que podrían ser aprobadas en mesas de negociación que hoy están todas en entredicho.
8. La Constitución de 1886 se había convertido en una Carta irreformable. A diferencia de ello y solo durante el gobierno Petro se ha reformado la Constitución del 91 por lo menos tres veces. Una para reconocer al campesinado como sujeto de derechos con protección constitucional; otra para incorporar la jurisdicción agraria y rural a la Carta del 91, y finalmente la modificación del periodo de sesiones del Congreso. No se trata, pues de una Constitución rígida como la del 86, que lleva a la necesidad de poner en funcionamiento mecanismos por fuera de la misma para lograr su reforma.
9. En el año 1991 la Constitución de 1886 era el principal problema y la talanquera fundamental para las reformas. Hoy, no se puede afirmar eso de la carta treintañera, pues es reconocida como la Constitución más moderna y progresista de nuestra historia, base de la garantía y protección de derechos que ha sido su línea más importante de aplicación.
10. El proceso de la Séptima Papeleta fue originado por la sociedad civil, de abajo hacia arriba, por los estudiantes de las universidades públicas y privadas de Colombia. Jamás fue conducido ni impuesto a la fuerza por un Gobierno, que simplemente se sumó al clamor nacional, creando el hecho político el 11 de marzo de 1990. Hoy asistimos a un proceso presionado directamente de manera autoritaria por un gobierno que más parece interesado en demoler la Carta del 91 para imponer unilateralmente un régimen diseñado a imagen y semejanza del caudillo de turno, como tantas veces se ha intentado por los populismos en América Latina. Y a espaldas de los poderes públicos y de una sociedad que encontró en 1991 un escenario de unidad y convergencia que quiere ser arrasado.

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