Proyecto de ley sacaría del mercado a las apps de movilidad y acabaría con la fuente de ingresos de 100 mil conductores 

Alianza In, el primer gremio de aplicaciones e innovación de América Latina, alerta sobre las graves consecuencias que tendría la aprobación del borrador del proyecto de ley de régimen sancionatorio de la Superintendencia de Transporte, que va por su tercer borrador y será radicado próximamente en el Congreso de la República. 

En concreto, advertimos 4 efectos muy graves de la eventual aprobación de esta iniciativa: 

  1. Las plataformas digitales de movilidad serán prohibidas tajantemente. El proyecto de ley anuncia bloqueos en la web a estas aplicaciones a través de procedimientos administrativos, inmovilizaciones prolongadas a los vehículos de los conductores por un término de entre 1 y 3 meses, multas de más de $10 millones para los ciudadanos que usen estas plataformas, entre otros. 
  2. Más de 100 mil conductores quedarían sin fuente de ingresos. Según un estudio de Fedesarrollo (2021), más de 100.000 conductores generan ingresos a través de las plataformas digitales de movilidad. Según la percepción de los encuestados, si estas plataformas no operaran en Colombia, el 44% estaría desocupado, el 32% tendría otro trabajo independiente y el 14% tendría empleo formal. Las plataformas digitales de economía colaborativa hoy ocupan el 0,7% de la población económicamente activa y generan el 0,23% del PIB. Todo esto sería borrado de un plumazo por esta contrarreforma social.  
  3. No es coherente el mensaje del Gobierno Nacional. El Ministro de Transporte Guillermo Reyes ha expresado en los medios de comunicación el compromiso del gobierno del Presidente Gustavo Petro de solucionar la falta de reglamentación de las plataformas digitales de movilidad, pero las medidas contempladas por este borrador de proyecto de ley apuntan justamente en sentido contrario. Desde Alianza In hemos presentado propuestas y ejemplos internacionales que pueden contribuir en esta tarea. Y debemos reiterar que la prohibición y persecución de esta actividad económica es el peor camino posible.
  4. Es pasarse por la faja el principio de neutralidad de red. El borrador del proyecto de ley propone una violación flagrante al principio de neutralidad de red, que le prohíbe a los gobiernos restringir los contenidos de Internet. Este es un principio del derecho internacional, también previsto en el ordenamiento jurídico colombiano. Cuando la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó el bloqueo de Uber en 2019, incluso la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció, por la estrecha relación existente entre la libertad de expresión y el principio de neutralidad de red. 

    El director ejecutivo de la asociación, José Daniel López, reiteró la voluntad que tiene el gremio de participar en la construcción de reglas de juego claras que protejan el trabajo de más de 100 mil personas, concreten la libertad de elegir de los ciudadanos, promuevan la movilidad sostenible y dinamice la economía digital. “Coincidimos en la importancia de un régimen administrativo sancionatorio sobre los servicios de movilidad que se prestan a través de las plataformas digitales, pero esto solo es concebible en el marco de una reglamentación amplia y suficiente de esta nueva realidad social y económica”, señaló. 

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